Permisos sanitarios negados o suspendidos: guía para impugnar
Que la autoridad sanitaria niegue o suspenda un permiso sanitario puede frenar operaciones, bloquear productos, impedir importaciones o incluso detener por completo una línea de negocio.
En sectores como alimentos, suplementos, cosméticos, dispositivos médicos o farmacéuticos, una resolución de este tipo afecta inventarios, contratos y reputación.
Sin embargo, tanto la negativa como la suspensión son actos de autoridad impugnables, y existen mecanismos administrativos y judiciales para combatirlos.
¿Por qué pueden negar o suspender un permiso sanitario?
Las causas varían según el tipo de permiso (importación, operación, publicidad, dispositivos médicos, suplementos, etc.), pero normalmente se derivan de:
Documentación incompleta o inconsistente
Errores en el expediente técnico
Observaciones en buenas prácticas de manufactura
Etiquetado incumplido
Falta de aviso de funcionamiento o actualización
Omisión de requisitos específicos para el giro
Inspecciones con observaciones no solventadas
La autoridad debe fundamentar y motivar cualquier negativa o suspensión. Si no lo hace, la resolución puede ser ilegal.
¿Cómo impugnar un permiso sanitario negado o suspendido?
Existen rutas administrativas y jurisdiccionales para combatir este tipo de actos. La elección depende del caso y de los tiempos.
1. Recurso de revocación: la primera vía para corregir errores
Se presenta ante la propia autoridad sanitaria dentro de un plazo corto (generalmente 15 días hábiles). Permite:
Señalar inconsistencias en la resolución
Aportar documentación técnica
Subsanar omisiones formales
Argumentar violaciones al debido proceso
Solicitar reconsideración del análisis técnico
Es útil cuando la suspensión o negativa proviene de errores en la verificación, problemas de interpretación o falta de análisis científico adecuado.
Este tipo de defensa administrativa suele integrarse en estrategias más amplias, como las utilizadas en litigios regulatorios federales expuestos en Litigio estratégico vs autoridades federales: qué es y cuándo se utiliza.
2. Juicio contencioso administrativo: cuando la resolución es arbitraria o técnica
Si el recurso de revocación no prospera o la resolución es claramente ilegal, puede promoverse un juicio contencioso administrativo ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA).
Este juicio permite cuestionar:
Errores en el dictamen sanitario
Falta de motivación técnica y científica
Interpretaciones arbitrarias del reglamento
Vicios del procedimiento
Omisiones en el análisis de laboratorio
Suspensiones desproporcionadas
También puede solicitarse suspensión del acto, lo que en algunos casos permite continuar operaciones mientras dura el litigio.
En situaciones de inspecciones mal ejecutadas o clausuras derivadas de verificaciones deficientes, las estrategias pueden parecerse a las descritas en Qué hacer si PROFEPA clausura tu empresa.
3. Amparo indirecto: cuando hay violaciones constitucionales
Procede cuando:
El acto carece totalmente de fundamentación
No se respetó el derecho de audiencia
Se impone una medida imposible de solventar
La suspensión del permiso afecta derechos fundamentales (por ejemplo, acceso a medicamentos o continuidad de tratamientos)
El TFJA confirma una suspensión injusta
El amparo no sustituye al juicio administrativo, pero puede proteger mientras se resuelve el fondo.
¿Qué argumentos son más efectivos al impugnar un permiso sanitario negado o suspendido?
Los más utilizados por litigantes especializados son:
Falta de motivación técnica y científica
La autoridad debe explicar por qué considera que el producto, proceso o instalación incumple.
Si sólo cita normas sin análisis técnico, la resolución puede declararse nula.
Errores en el expediente o acta
Ocurren cuando:
No se describen adecuadamente los hechos
Se omiten pruebas aportadas
La inspección no siguió criterios oficiales
Se citan requisitos inexistentes
Falta de proporcionalidad
Ejemplo: suspender todo el permiso cuando el incumplimiento afecta sólo un lote, etiqueta o área específica.
Indebida interpretación normativa
Ocurre cuando la autoridad exige requisitos no previstos en la ley o interpreta un reglamento de manera excesiva.
Negativa por silencio administrativo
Si la autoridad no responde en plazo y mantiene “en pausa” el trámite, también puede impugnarse.
¿Cuáles son los plazos clave?
Recurso | Plazo aproximado |
Recurso de revocación | 15 días hábiles |
Juicio contencioso administrativo | 30 días hábiles desde la notificación |
Amparo indirecto | 15 días hábiles desde el acto o resolución |
Los plazos son fatales: perderlos significa que la resolución queda firme.
¿Qué puede resolver el tribunal?
El TFJA puede:
Declarar nula la negativa o suspensión
Ordenar emitir una nueva resolución fundada
Restituir el permiso sanitario
Modificar la medida o limitar sus efectos
Confirmar la decisión si fue legal y proporcional
En algunos casos, el tribunal ordena reponer el procedimiento completo porque la verificación estuvo mal realizada.
¿Qué debe hacer una empresa mientras litiga?
Mientras se resuelve el procedimiento, es recomendable:
Reunir evidencia técnica (laboratorios, dictámenes, peritajes)
Subsanar cualquier incumplimiento menor
Mantener bitácoras de operaciones
Conservar todas las comunicaciones con verificadores
Documentar medidas correctivas de manera exhaustiva
Una buena documentación incrementa notablemente las probabilidades de éxito.
Preguntas frecuentes
¿Puedo seguir operando mientras impugno un permiso suspendido?
Sólo si obtienes suspensión del tribunal o presentas medidas correctivas aceptadas por la autoridad.
¿Qué pasa si la autoridad no analiza mis pruebas?
Eso constituye violación al debido proceso y es motivo de nulidad.
¿Puedo aportar nueva evidencia en juicio?
Sí, siempre que esté vinculada al acto impugnado.
¿La negativa puede revertirse completamente?
Sí. El tribunal puede ordenar emitir una nueva resolución y otorgar el permiso.
¿Qué tan común es ganar estos casos?
Depende de la calidad del expediente técnico y de los errores cometidos por la autoridad en su análisis.



